CONCEPTOS DE ANULACION. EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION ESTA OBLIGADO A ESTUDIARLOS AUN CUANDO REITERAN ARGUMENTOS EXPRESADOS EN EL RECURSO ORDINARIO.
Si en el juicio de anulación se pueden plantear argumentos distintos de los que se hicieron valer en el recurso ordinario, por mayoría de razón, se pueden reproducir los agravios hechos valer en dicho medio de defensa, aun cuando con esto no se controvierta directamente la legalidad de la resolución que le puso fin, porque es evidente que quien reitera dichos argumentos considera que no es correcta la decisión de la autoridad demandada, y el Tribunal Fiscal de la Federación está obligado a resolverlos porque en el juicio de anulación se inaugura una nueva litis en el cual las partes pueden desplegar su defensa plenamente, sin que la demandada quede en estado de indefensión, pues en la contestación puede refutar todos los conceptos de nulidad hechos valer en la demanda, cualesquiera que sean los tópicos que ahí se propongan.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223094-2e7143f5/conceptos-de-anulacion-el-tribunal-fiscal-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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