Corpus
Modo: Corpus Pro

DETENCION PROLONGADA. NO PUEDE REPARARSE EN AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 223532 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 167

El hecho de que el inculpado no haya sido puesto a disposición de la autoridad judicial dentro de las veinticuatro horas siguientes a su detención, no es atribuible a ésta y por tanto no puede ser reparado a través del juicio constitucional, en todo caso, tal circunstancia podría ser motivo de responsabilidad para quienes incurrieron en la misma.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223532-f985aa9f/detencion-prolongada-no-puede-repararse-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 155/90. Pánfilo León Rosas. 1 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Nelson Loranca Ventura. Amparo en revisión 213/89. Jesús Correa Nava. 9 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Nelson Loranca Ventura.

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