Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRENDAMIENTO, EL ADQUIRENTE DEL INMUEBLE OBJETO DEL. ESTA LEGITIMADO PARA DEMANDAR LA TERMINACION DEL CONTRATO, SIN NECESIDAD DE NOTIFICAR AL ARRENDATARIO EL CAMBIO DE PROPIETARIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 223685 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 134

No es presupuesto ni elemento de la acción de terminación de contrato de arrendamiento, el que el nuevo adquirente del inmueble objeto del mismo demuestre que le dio aviso a la arrendataria del cambio de propietario a que se refiere el artículo 2303 del Código Civil del Estado de Coahuila, porque el nuevo adquirente del bien arrendado se subroga en los derechos y obligaciones del anterior propietario y arrendatario original, respecto del inmueble que se le ha transmitido, entre los que se encuentra el de arrendamiento, y por tanto está legitimado para demandar la terminación del contrato, debiendo en todo caso acreditar durante el procedimiento, que real y efectivamente adquirió el inmueble.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223685-8f3a888e/arrendamiento-el-adquirente-del-inmueble-objeto-del-esta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 40/89. Mario del Bosque González. 13 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo García Romero. Secretario: Julio J. Ponce Gamiño.

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