Corpus
Modo: Corpus Pro

QUEJA EN EL AMPARO. SUS REQUISITOS CUANDO LA PROMUEVE UN TERCERO EXTRAÑO AL JUICIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 226011 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo V, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1990; Pág. 401

En la queja que promueva en términos del artículo 96 de la Ley de Amparo, la persona que no fue parte en el juicio de garantías debe acreditar los siguientes extremos: a) Su interés jurídico, b) La afectación a ese interés por el acto impugnado en queja; y c) El cumplimiento defectuoso o excesivo dado al auto de suspensión o a la ejecutoria que concedió el amparo al quejoso.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/226011-f866c535/queja-en-el-amparo-sus-requisitos-cuando-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 81/89. María del Refugio Castillo Gálvez. 23 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretario: Martín Alejandro Cañizales Esparza.

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