INFORME JUSTIFICADO, CONSTANCIAS SUFICIENTES PARA APOYARLO.
La autoridad responsable no tiene porqué remitir necesariamente con su informe justificado el expediente original del juicio generador del acto reclamado, pues en términos del párrafo segundo del artículo 149 de la Ley de Amparo, al rendir su informe las autoridades deben acompañar copias certificadas de las constancias necesarias para apoyarlo, lo que sucede cuando, de las remitidas se desprende la existencia de los actos reclamados así como la justificación de los mismos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/226329-c4c074ee/informe-justificado-constancias-suficientes-para-apoyarlo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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