ARRENDAMIENTO. MEJORAS, CARGA DE LA PRUEBA.
Es inexacto el argumento relativo a que el juez natural debe de nombrar un perito con la finalidad de que se acredite que la enjuiciada realizó las mejoras que señaló al contestar la demanda, pues de conformidad con lo dispuesto por el artículo 281 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, las partes deben asumir la carga de la prueba de los hechos constitutivos de sus pretensiones y, por tanto no es obligación del a quo allegarse las pruebas que acrediten la procedencia de las mismas, ya que de estimarlo así, se caería en el absurdo de considerar que bastaría que una de las partes afirmara tener derecho a algo, y que al juzgador correspondiera demostrar la procedencia de esa pretensión.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/226713-7217f1e3/arrendamiento-mejoras-carga-de-la-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS EN LA REVISION. SI EL JUEZ DE DISTRITO NO RECIBIO NI RELACIONO LAS OFRECIDAS Y ANUNCIADAS OPORTUNAMENTE POR LA RECURRENTE Y ESTA ULTIMA OMITE EXPRESAR AGRAVIO SOBRE EL PART (s/clave)
- PRUEBA, CARGA DE LA. (1167)
- PRUEBA, CARGA DE LA. (s/clave)
- AGRARIO. TESTIGOS. QUEJA IMPROCEDENTE. (s/clave)
- PRUEBA, CARGA DE LA. (917)
- PRUEBA, CARGA DE LA.- (551)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis