SALARIO, EL AUTOMOVIL NO FORMA PARTE DEL.
Es cierto que la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 84 dispone que dentro del salario quedan comprendidos no sólo los pagos hechos por cuota diaria, sino también las gratificaciones, percepciones, habitación, prima, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad que sea entregada al trabajador a cambio de su trabajo, lo que no ocurre con el automóvil, pues el que la empresa se lo proporcionara, es con la finalidad de que con mayor eficacia pueda desempeñar sus labores fuera de su oficina, inclusive para facilitarle la transportación a su fuente de trabajo, pero no como una contraprestación al servicio desempeñado.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227415-2e47721c/salario-el-automovil-no-forma-parte-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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