Corpus
Modo: Corpus Pro

TESTIGOS, VALOR DE SUS DECLARACIONES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 227515 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 546

Si a los testigos de descargo "no les resultaba cita" y éstos no dieron la razón de su dicho, ni tampoco mencionaron nada en relación con el coprocesado que fue detenido en el mismo momento y lugar que la inculpada, sus deposados carecen de validez, al no ser claros ni precisos sobre los hechos que atestiguan, por lo que no reúnen los requisitos exigidos por la fracción IV del artículo 289 del Código Procesal Penal Federal.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227515-8e858116/testigos-valor-de-sus-declaraciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 336/89. Reyna María Barajas Rangel. 9 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretario: Carlos Manuel Bautista Soto. Reitera criterio de la Jurisprudencia 281/85, Segunda Parte.

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