NOTARIOS, INFORMACION TESTIMONIAL DESAHOGADA ANTE LOS, PARA ACREDITAR LA IDENTIDAD DE UNA PERSONA, CARECE DE VALOR PROBATORIO.
En el juicio de amparo el interés jurídico no puede ser presuntivo sino que debe acreditarse en forma indubitable, y de acuerdo con el artículo 4o. de la Ley de Amparo únicamente podrá promoverse por la parte a quien perjudica el acto o la ley que se reclama; para el examen de la controversia constitucional es indispensable la comprobación del interés jurídico de los quejosos y cuando no existe en autos prueba evidente del mismo, emerge en la especie la causal de improcedencia prevista en el artículo 73 fracción VI de la misma ley. Por consiguiente, si la certificación del notario de que recibió testimonial sobre la identidad de una persona, no tiene valor probatorio, pues dicho fedatario carece de facultades para celebrar ese tipo de diligencias, que competen exclusivamente a la autoridad judicial, no se acreditó el interés jurídico.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230224-2ff3d596/notarios-informacion-testimonial-desahogada-ante-los-para-acreditar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- NOTARIOS PUBLICOS, AMPARO IMPROCEDENTE PROMOVIDO POR. (s/clave)
- COPIA CERTIFICADA NOTARIAL DE TESTIMONIO. CARECE DE VALIDEZ SI TAL TESTIMONIO NO ESTÁ DEBIDAMENTE REQUISITADO.- (481)
- COPIA CERTIFICADA NOTARIAL DE TESTIMONIO. CARECE DE VALIDEZ SI TAL TESTIMONIO NO ESTÁ DEBIDAMENTE REQUISITADO. (1855)
- COPIA CERTIFICADA NOTARIAL DE TESTIMONIO. CARECE DE VALIDEZ SI TAL TESTIMONIO NO ESTA DEBIDAMENTE REQUISITADO. (V.2o. J/23)
- NOTARIOS. SU INTERVENCION EN MATERIA JUDICIAL. (s/clave)
- HECHO NOTORIO. SU APRECIACION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis