TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL, IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS DEL.
Conforme a lo dispuesto por los numerales 60, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 73, fracción VII, de la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de aquélla, el juicio de amparo resulta improcedente para combatir las resoluciones o declaraciones -en sentido amplio-, de los organismos o autoridades en materia electoral. Por otra parte, aun cuando el tribunal citado no es un "organismo electoral", por no estar contemplado en el precepto 162 del Código Federal Electoral, su carácter sí responde al de una autoridad en esa materia pues el texto constitucional le asigna la elevada función de garantizar la juridicidad de los actos que desarrollen los organismos referidos; y señala que su resoluciones serán obligatorias y modificables, únicamente, por los colegios electorales de cada Cámara. Además, la ley secundaria, Código Federal enunciado, reitera esa conclusión al calificarlo en su precepto 352, como un organismo autónomo, de carácter administrativo y dotado de plena autonomía, esto es, que no guarda dependencia con los señalados en el diverso artículo 162 de ese ordenamiento. Por ende, cuando se reclama del Tribunal de lo Contencioso Electoral un acto que versa exclusivamente sobre aspectos contencioso-electorales, y la función de la autoridad se limita a ellos, el juicio de garantías no es procedente por disposición de los artículos 60, último párrafo, de la Constitución y 73, fracción VII, de la Ley de Amparo. Así, cuando se reclama de dicho tribunal la determinación de no tener por ofrecidas determinadas pruebas en un procedimiento de índole electoral, el juicio de amparo es notoriamente improcedente tanto por el carácter de la autoridad como por la naturaleza del acto, en la medida que se contienen en la circunscripción electoral.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230725-56c1fc40/tribunal-de-lo-contencioso-electoral-improcedencia-del-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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