Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AUTORIDADES RESPONSABLES, EL INFORME JUSTIFICADO QUE RINDAN LAS, POR CORREO O TELEGRAFO, DEBE HACERSE EN TERMINOS DEL ARTICULO 25 DE LA LEY DE AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 231065 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 147

Si la autoridad responsable, según constancias de autos, rinde su informe fuera de los términos a que se refiere el artículo 25 de la Ley Federal de Amparo, y se recibe en el juzgado de Distrito cuando ya se había celebrado la audiencia, es claro que se recibió en forma extemporánea y fuera de los términos legales; y por ende, debe confirmarse la sentencia del juez federal del conocimiento que se presumió la certeza de los actos reclamados.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231065-baf68e67/autoridades-responsables-el-informe-justificado-que-rindan-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 6/88. Enrique Vidal Solís. 17 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Edith Cedillo López.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis