Corpus
Modo: Corpus Pro

DOCUMENTOS, RECONOCIMIENTO DE FIRMA DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 231320 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-1, Enero-Junio de 1988; Pág. 277

Si de autos aparece que los actores mediante escritos presentaron voluntariamente sus renuncias signando éstas y los finiquitos a través de los cuales se dice que el patrón les liquidó las prestaciones a las que tenían derecho, documentos que no fueron objetados en el procedimiento laboral en cuanto a su contenido y firma, a estos documentos no se les puede negar valor probatorio pleno de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 802 de la Ley Federal del Trabajo, pues el hecho de reconocer la firma de un documento entraña el reconocimiento de su contenido, aun cuando se alegue en el amparo que se firmó por error, dolo o intimidación, si esto no se prueba en los autos laborales.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/231320-cd32eeaf/documentos-reconocimiento-de-firma-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 507/87. Sabritas, S.A. de C.V. 10 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eliel E. Fitta García. Secretario: Vicente Salazar Vera. Véase: Tesis de jurisprudencia No. 93, Apéndice 1917-1985, Quinta Parte, página 84.

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