REVISION EN AMPARO.
El que intervenga una de las autoridades responsables, haciendo valer agravios que se refieren a la actuación de las otras autoridades responsables, carece de fundamento, puesto que no tiene por qué reclamar por conceptos de la sentencia del Juez de Distrito que no le ocasionan agravios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/233795-5ec12c6a/revision-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 9905/65. Luz Blanco Sánchez y coagraviado. 22 de julio de 1969. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXV, página 1739, tesis de rubro "REVISION.".
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