TRAICION, CALIFICATIVA DE.
No puede tenerse por acreditada la calificativa de traición cuando no existe prueba de que el autor material del delito se haya aprovechado, para cometerlo, de la seguridad que a la víctima expresamente le había prometido o de la tácita que ésta podía esperar por las relaciones con el autor, pues estas no existieron previamente a la comisión del hecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234485-2c6e86dd/traicion-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2989/82. Raimundo Tlacomulco Cuautle. 6 de octubre de 1982. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretaria: María de Lourdes Ramírez Molina.
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