TRAICION, CALIFICATIVA DE.
No queda plenamente acreditada la calificativa de traición si, a pesar de una relación de compadrazgo existente entre el acusado y su víctima, surgieron disgustos entre ellos, por efecto de haber impuesto sanciones de carácter sindical la víctima al inculpado, por lo que se quebrantó la fe o seguridad que tácitamente podía derivarse de ese vínculo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260091-f97fc047/traicion-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2296/59. Salomé García Medina. 5 de octubre de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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