ROBO, CUERPO DEL DELITO DE. CONFESION.
Tratándose de la comprobación del cuerpo del delito de robo, la confesión del acusado es un medio de prueba que tiene preferencia respecto de otros que enumera la ley y, por ello, resulta innecesario acreditar la propiedad, preexistencia y falta posterior de los objetos robados, con mayor razón si al inculpado se le detiene cuando se encuentra en posesión de los objetos robados, sin que demuestre su lícita adquisición.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234606-513cbac3/robo-cuerpo-del-delito-de-confesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5421/79. José Luis Hidalgo García. 30 de julio de 1981. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Amparo directo 7993/80. José Jaime Yllana Martínez. 7 de julio de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Fernando Hernández Reyes.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "CONFESION, CUERPO DEL DELITO DE ROBO Y.".
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