TESTIGOS, MAYORIA DE, NO RELEVANTE.
El hecho de haber presentado un mayor número de testigos que la contraparte, no es suficiente para concluir que éstos predominan sobre la minoría, siendo el juzgador quien en uso de su prudente arbitrio legal y mediante un proceso lógico, lleva a cabo la valoración de uno y otro grupo de testimonios, inclinándose por aquél que con base en dicho proceso resulten ser más verosímiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235095-539eda37/testigos-mayoria-de-no-relevante · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 732/77. Clemencio Ramales Tapia. 28 de julio de 1977. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: José Angel Morales Ibarra.
Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIGOS.".
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