ESTADO DE NECESIDAD, EXCLUYENTE DE.
El estado de necesidad, es una condición que debe interpretarse en el sentido de que la salvación de la persona o de los bienes hace indispensable la ejecución de un acto que por sí mismo sería delictuoso; es decir, que por cuanto a la conducta desplegada por el activo, no ha de existir otro medio más práctico y menos perjudicial que el que eligió para ponerse a salvo de la situación de necesidad que invoca; por lo que debe decirse que si no aparece que el inculpado haya mencionado tal circunstancia dentro del proceso correspondiente ni prueba alguna que válidamente la suponga, la excluyente resulta inoperante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235363-96db1789/estado-de-necesidad-excluyente-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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