SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION. SE SUBSUME EN LA TRANSPORTACION.
Si no se acreditó que el acusado hubiese tenido en su poder la droga, llevándola consigo en un lugar determinado, para después trasladarse a otro sitio, sino que de acuerdo con la mecánica de los hechos se advierte que abordó el automóvil donde se encontraba dicha droga y se desplazó en el mismo hacia el lugar de su destino hasta el momento y sitio en que fue interceptado por los agentes de la autoridad, de ese modo, sólo configuró la modalidad de transportación con sus elementos autónomos distintivos, más no la de posesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235589-ef87960f/salud-delito-contra-la-posesion-se-subsume-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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