SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO. ABSORBE A LA VENTA.
La modalidad de venta de estupefacientes, se encuentra subsumida en la de tráfico, toda vez que si por venta se entiende la cesión o transferencia de la propiedad de una cosa, mediante un precio convenido, y el tráfico no sólo abarca el comercio de la droga, sino de los elementos por los que se hace pasar el estupefaciente de una persona a otra, mediante determinado precio, se llega a la conclusión de que el hecho de pasar el enervante al comprador, aun cuando sea por interpósita persona, implica actos de tráfico, y en esas condiciones no puede condenarse a un individuo por una conducta en la que son afines y conexas dos modalidades.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235815-4debafed/salud-delito-contra-la-trafico-absorbe-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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