TESTIGOS MENORES DE EDAD. NO ESTAN IMPEDIDOS PARA RENDIR TESTIMONIO.
La minoría de edad no es impedimento para rendir declaración, siempre que se esté en aptitud de apreciar los hechos sobre los que verse el testimonio, máxime si se trata de una persona de 16 años, sin tara mental alguna que se le haya demostrado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235953-fa10769d/testigos-menores-de-edad-no-estan-impedidos-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5715/73. Bruno Corona y otros. 13 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Véase: Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 283, página 561, bajo el rubro "TESTIGOS MENORES DE EDAD.".
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS MENORES DE EDAD. (s/clave)
- TESTIGOS MENORES DE EDAD. (s/clave)
- TESTIGOS MENORES. (s/clave)
- TESTIGOS MENORES DE EDAD. (s/clave)
- TESTIGOS MENORES. (s/clave)
- TESTIGOS MENORES DE EDAD. (612)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis