VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
Respecto a que el acusado es superior a la víctima en fuerza física, por el solo hecho de ser hombre y mujer respectivamente, es una afirmación casuística; afirmar tal cosa como premisa general, es llegar a conclusiones erróneas, pues sería una aberración jurídica considerar que en todos los casos de homicidio en que el sujeto activo sea hombre y la víctima mujer, concurre la calificativa de ventaja, pues la calidad de superioridad en fuerza física no es atendible en relación al género de los protagonistas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/236998-f83d679e/ventaja-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9912/68. Esteban Salinas Vargas. 9 de julio de 1969. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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