COMPETENCIA. CORRESPONDE AL JUEZ DEL LUGAR DE LA EJECUCION DEL ACTO RECLAMADO. NO LO IMPIDE QUE LA AUTORIDAD EJECUTORA NO SE SEÑALE COMO RESPONSABLE.
No por el hecho de que se haya omitido señalar como responsable a la autoridad ejecutora, queda el caso sustraído a la norma general de competencia según la cual corresponde conocer del juicio al Juzgado de Distrito dentro de cuya jurisdicción territorial han de cumplimentarse los actos reclamados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/237106-5806f972/competencia-corresponde-al-juez-del-lugar-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 28/87. Suscitada entre los Jueces Noveno de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal y Segundo de Distrito en el Estado de México. 28 de mayo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Enrique Rodríguez Olmedo.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 71, página 31. Competencia 71/74. Suscitada entre el Juzgado de Distrito en el Estado de Guerrero y Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal. 7 de noviembre de 1974. Cinco votos. Relator: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 71, página 31. Competencia 70/74. Suscitada entre el Juzgado de Distrito en el Estado de Guerrero y Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal. 7 de noviembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA. CORRESPONDE AL JUEZ DEL LUGAR DE EJECUCION DEL ACTO RECLAMADO, AUN CUANDO EL DOMICILIO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE SE ENCUENTRE EN LA JURISDICCION DE OTRO JUEZ. (s/clave)
- COMPETENCIA. NEGACION DEL ACTO RECLAMADO, PARA LOS EFECTOS DE LA. (s/clave)
- COMPETENCIA DE LOS JUECES DE DISTRITO. (s/clave)
- COMPETENCIA, ACTO MATERIALMENTE EJECUTABLE. NO LO DETERMINA, NECESARIAMENTE, LA CIRCUNSTANCIA DE QUE PROVENGA DE UNA AUTORIDAD SEÑALADA COMO EJECUTORA.- (425)
- COMPETENCIA EN CASO DE ACTOS NEGATIVOS. (s/clave)
- COMPETENCIA, ACTO MATERIALMENTE EJECUTABLE. NO LO DETERMINA, NECESARIAMENTE, LA CIRCUNSTANCIA DE QUE PROVENGA DE UNA AUTORIDAD SEÑALADA COMO EJECUTORA. (2a. XII/95)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis