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AGRARIO. EJECUCION DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. ORDENES PARA DESALOJAR TERRENOS DESTINADOS A LA EXPLOTACION GANADERA. PLAZO PARA SU DESOCUPACION. CUANDO NO SE DEMUESTRA LA EXISTENCIA DE ESTOS ACTOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 238067 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 109-114, Tercera Parte; Pág. 29

El hecho de que la resolución presidencial que afecta terrenos destinados a explotación ganadera, sea de fecha anterior a la ejecución de la misma en sólo dos meses, cuando el artículo 312 de la Ley Federal de Reforma Agraria concede al propietario afectado un plazo de hasta un año para desocupar, ejecución que se reclama del presidente de la República, secretario de la Reforma Agraria, subsecretario de Asuntos Agrarios y director general de Derechos Agrarios, no implica, necesariamente, la existencia de una orden dictada en el sentido de desalojar el terreno afectado, ya que conforme al artículo 306 de la ley de la materia, la ejecución de las resoluciones presidenciales corresponde a las delegaciones agrarias, y dentro de la ejecución de dichas resoluciones está comprendido el señalamiento del plazo para desocupar los terrenos de agostadero, según lo previsto por la fracción IV del artículo 307 del ordenamiento citado, por lo que es en la ejecución material, que corresponde realizar a las delegaciones agrarias, donde se señalan los plazos para la desocupación de los terrenos, y en tal virtud la existencia del acto reclamado no queda demostrada.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/238067-7776c930/agrario-ejecucion-de-resoluciones-presidenciales-ordenes-para-desalojar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 2403/77. Margarito Morales Zepeda. 12 de enero de 1978. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Fausta Moreno Flores. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 6, Tercera Parte, página 52, tesis de rubro "AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. EJECUCION. AUTORIDADES RESPONSABLES.". Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "EJECUCION DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. ORDENES PARA DESALOJAR TERRENOS DESTINADOS A LA EXPLOTACION GANADERA. PLAZO PARA SU DESOCUPACION. CUANDO NO SE DEMUESTRA LA EXISTENCIA DE ESTOS ACTOS.".

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