CHEQUE EXPEDIDO A NOMBRE DE UNA INSTITUCION BANCARIA. QUIEN PUEDE EJERCITAR LOS DERECHOS EN EL CONTENIDOS.
Si el librador de un cheque lo expide a favor de una institución bancaria, es ésta la única que tiene la titularidad del documento y, por lo tanto, la idoneidad para ejercitar los derechos que en el mismo se consagran, por lo que debe considerarse como presentación para su cobro la entrega que del documento haga el librador al librado en su carácter de beneficiario a la vez, en virtud de que los derechos contenidos en el título no pueden ser ejercitados por otra persona distinta a su titular.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239502-c60f194d/cheque-expedido-a-nombre-de-una-institucion-bancaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CHEQUES SIN FONDOS. IRRELEVANCIA DE QUE NO SE COBRE DIRECTAMENTE AL LIBRADOR.- (612)
- CHEQUES SIN FONDOS. IRRELEVANCIA DE QUE NO SE COBRE DIRECTAMENTE AL LIBRADOR. (s/clave)
- CHEQUE. SU ENTREGA DEL LIBRADOR AL LIBRADO NO PUEDE CONSIDERARSE COMO PRESENTACION PARA SU COBRO CUANDO ESTE ADQUIERA EL CARACTER DE BENEFICIARIO SIMULTANEAMENTE. (s/clave)
- CHEQUES CERTIFICADOS, NATURALEZA DE LOS. (s/clave)
- CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA CARENTE DE ENDOSO EN PROPIEDAD. SU DEVOLUCIÓN POR LA INSTITUCIÓN BANCARIA ANTE LA FALTA DE FONDOS DEL LIBRADOR, LEGITIMA AL BENEFICIARIO PARA INTENTAR L (II.2o.C.125 C )
- CHEQUE. EL ERROR DEL LIBRADO DE NO PAGARLO A QUIEN APARECE COMO BENEFICIARIO, HACE PROCEDENTE LA ACCION DE PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS. (I.3o.C.27 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis