CHEQUES SIN FONDOS. IRRELEVANCIA DE QUE NO SE COBRE DIRECTAMENTE AL LIBRADOR.-
El hecho de que el beneficiario no cobre directamente el importe del cheque al acusado, no releva a éste de responsabilidad, ya que quien debe hacer efectivo el título es, precisamente, la institución bancaria librada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905553-c4f1bff6/cheques-sin-fondos-irrelevancia-de-que-no-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1108/73.-Adán Pelayo Casillas.-29 de agosto de 1973.-Cinco votos.-Ponente: Ernesto Aguilar Álvarez.
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 56, Segunda Parte, página 38, Primera Sala.
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