CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.
Si el quejoso, para combatir el fallo reclamado, sustancialmente repite en sus conceptos de violación, los agravios que hizo valer ante el tribunal responsable, quien los estudió y resolvió en el fallo reclamado, pero se olvida de impugnar los fundamentos de la sentencia reclamada, que dieron respuesta a tales agravios, se sigue que dichos conceptos de violación son inoperantes; porque si antes fueron planteados para impugnar la sentencia del a quo, ahora no se trata de resolver sobre si el fallo de primer grado estuvo bien o mal dictado, sino de decidir si los fundamentos de la sentencia reclamada, que se ocuparon de aquellos agravios y si el propio fallo del ad quem, son o no violatorios de garantías; fundamentos que, al no aparecer combatidos en la demanda de garantías, obviamente se mantienen vivos para continuar rigiendo la sentencia que se reclama.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240260-57ce6126/conceptos-de-violacion-inoperantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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