PATRIA POTESTAD, PERDIDA DE LA.
Las disposiciones que contiene la ley civil sobre las causas que dan lugar a la pérdida de la patria potestad son limitativas, restrictivas, y no ejemplificativas, razón por la cual para que el Juez pueda imponer esta sanción a alguno de los progenitores es necesario que la causa que se alegue encuentre apoyo expreso en algún dispositivo de la ley. Es necesario, para que proceda la pérdida de la patria potestad, que el abandono espiritual en que se deja a uno de los hijos traiga como consecuencia la existencia de un peligro a su moralidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241104-b0ca5bf6/patria-potestad-perdida-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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