ALIMENTOS. OBLIGACION DE PROPORCIONARLOS.
Cuando exija la mujer al marido la obligación que tiene de ministrarle los alimentos, este deberá probar que su esposa percibe un sueldo en cantidad suficiente para atender a sus necesidades, para que prospere la excepción relativa y pueda ser absuelto por el juzgador del pago que se le demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241509-8f7ade97/alimentos-obligacion-de-proporcionarlos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1051/74. María de Lourdes Buitrago de Paz. 8 de enero de 1975. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ernesto Solís López. Ponente: David Franco Rodríguez.
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