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Modo: Corpus Pro

DIVORCIO, ABANDONO DE HOGAR COMO CAUSAL DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 242086 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Cuarta Parte; Pág. 20

Lo que la ley civil señala como causal de divorcio no es el hecho de que los cónyuges vivan en lugares distintos, más aún cuando no es con la intención de apartarse para siempre, sino la situación de verdadero abandono que consiste en que dejen de ministrarse recíprocamente las ayudas y atenciones que corresponden a los esposos. Sólo puede darse el abandono o ausencia del hogar conyugal cuando el cónyuge rompe totalmente con los lazos matrimoniales y se despreocupa por completo de su cónyuge. No hay abandono por la simple terminación de las relaciones sexuales que, en todo caso, podrían dar lugar a una causal distinta; y mucho menos puede hablarse de abandono cuando media una situación pacífica que permite a los esposos visitarse frecuentemente y cumplir con los demás deberes, inclusive el de la educación de los hijos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242086-557da584/divorcio-abandono-de-hogar-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5775/70. Luis Rojas Arroyo. 7 de enero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXXII, página 157. Amparo directo 116/67. Rafael Pérez Acevo. 29 de febrero de 1968. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen CXVI, página 44. Amparo directo 7336/64. Efraín Morales Parra. 13 de febrero de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen XXXVIII, página 137. Amparo directo 3525/58. Eduardo Hormedo. 17 de agosto de 1960. Mayoría de tres votos. Relator: Manuel Rivera Silva. Volumen XXXIV, página 95. Amparo directo 3588/59. Olga Guillermina Peña. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: En el Volumen CXXXII, página 157, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.". En el Volumen XXXIV, página 95, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, NECESIDAD DE ACREDITAR LA FECHA DE SEPARACION CUANDO SE ALEGA EL ABANDONO COMO CAUSAL DE.".

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