RETIRO VOLUNTARIO, INTEGRACION DEL SALARIO PARA EFECTOS DEL.
Si un patrón y el sindicato que tiene la representación de sus trabajadores, celebran un convenio en el que se estipula que el pago de las liquidaciones por retiro voluntario será sobre la base de tres meses de su "salario ordinario", sin que en el propio instrumento exista la determinación de lo que debe entenderse por salario ordinario, tiene que estarse a lo ordenado por el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/242817-e4d76b39/retiro-voluntario-integracion-del-salario-para-efectos-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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