SEGURO SOCIAL, BENEFICIARIOS DEL TRABAJADOR FALLECIDO SUJETO AL REGIMEN DEL, POR APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY DEL TRABAJO. PRUEBA DE LA DEPENDENCIA ECONOMICA.
Si de acuerdo con las disposiciones de la Ley del Seguro Social, una persona no tiene el carácter de beneficiario de las prestaciones correspondientes derivadas de la muerte de un asegurado que fallece a consecuencia de un riesgo de trabajo porque el reclamante no se encuentra en ninguna de las hipótesis que señala dicha ley, como la Ley Federal del Trabajo en Materia de Riesgos de Trabajo es supletoria de la Ley del Seguro Social, e incluye a los dependientes económicos del trabajador fallecido sin necesidad de parentesco alguno para tenerlos como beneficiarios, tal carácter le debe ser reconocido al reclamante cuando acredita la existencia de dicha dependencia económica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243123-ed614d54/seguro-social-beneficiarios-del-trabajador-fallecido-sujeto-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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