PRUEBA PERICIAL, APERCIBIMIENTO PARA DECLARAR DESIERTA LA.
El artículo 768 de la Ley Federal del Trabajo, que reglamenta la recepción de la prueba pericial, no faculta a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para apercibir a la oferente de una prueba pericial de tener por desierta la prueba, en caso de que su perito no rinda su dictamen en el acto de la audiencia en que debe recibirse, sino, por el contrario, en su fracción I, dispone que si los peritos no pueden rendir su dictamen en la audiencia, la Junta señalará día y hora para que lo presenten. Por tanto, la resolución de la Junta que declare desierta la prueba constituye una violación de procedimiento, al tenor del artículo 159 fracción III de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243604-c3d93006/prueba-pericial-apercibimiento-para-declarar-desierta-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBA PERICIAL, INDEBIDA DESERCION DE LA, CUANDO NO EXISTIO APERCIBIMIENTO PREVIO Y LA LEY LABORAL NO LO CONTEMPLA. (V.1o.26 L)
- PRUEBA PERICIAL. LA JUNTA DEBE SEÑALAR DÍA Y HORA PARA SU DESAHOGO.- (1063)
- PRUEBA PERICIAL. LA JUNTA DEBE SEÑALAR DÍA Y HORA PARA SU DESAHOGO. (1680)
- PRUEBA PERICIAL. LA JUNTA DEBE SEÑALAR DIA Y HORA PARA SU DESAHOGO. (VI.2o. J/59)
- PRUEBA PERICIAL. VIOLACIÓN DE PROCEDIMIENTO. SE ACTUALIZA CUANDO LA JUNTA DECLARA SU DESERCIÓN POR NO COMPARECER EL PERITO DEL TRABAJADOR A RENDIR SU DICTAMEN EN LA AUDIENCIA RESPE (I.9o.T.78 L )
- PRUEBAS, DESECHAMIENTO INDEBIDO DE LAS, POR NO ESTAR RELACIONADAS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis