FERROCARRILEROS, INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE A LOS, ESTABLECIDA EN EL CONTRATO COLECTIVO.
La cláusula 336 del contrato colectivo celebrado entre Ferrocarriles Nacionales de México y el sindicato de sus trabajadores, define a la incapacidad total permanente como la pérdida absoluta de facultades o de aptitudes que imposibilitan a un trabajador para poder desempeñar su trabajo habitual por todo el resto de su vida; o sea, es aquella incapacidad que impide para siempre al trabajador ferrocarrilero desarrollar en forma efectiva el oficio o profesión que está obligado a desempeñar en la empresa; por tanto, si el contexto de la cláusula de referencia supera lo previsto por el artículo 301 de la Ley Federal del Trabajo de mil novecientos treinta y uno, es indudable que debe estarse a lo pactado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243850-ebfd210b/ferrocarrileros-indemnizacion-por-incapacidad-total-permanente-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES FERROVIARIOS, INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD DE LOS. (s/clave)
- FERROCARRILEROS, INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE. (s/clave)
- FERROCARRILEROS. INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE. (s/clave)
- FERROCARRILEROS, INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE A LOS, POR RIESGO PROFESIONAL. (s/clave)
- FERROCARRILEROS, JUBILACION E INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD PERMANENTE DE LOS. CONCURRENCIA. (s/clave)
- FERROCARRILEROS. JUBILACION E INDEMNIZACION POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE. CONCURRENTES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis