JUBILACION. NO COMPRENDE PRESTACIONES NO PACTADAS.
El otorgamiento de las pensiones jubilatorias tiene su fundamento no en la ley, sino en las estipulaciones contractuales que se celebran para ese efecto, razón por la que constituyen un acto voluntario de los patrones y, por lo mismo, si éstos no se obligan en forma expresa a incluir dentro de su monto determinadas percepciones, no pueden formar estas parte del salario ordinario del trabajador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244866-3f185e28/jubilacion-no-comprende-prestaciones-no-pactadas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4141/69. José Szymanski Rojas. 11 de diciembre de 1969. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
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