INDUSTRIA TEXTIL, LOS CONFLICTOS LABORALES RELACIONADOS CON LA, SON DE COMPETENCIA FEDERAL.
La fracción XXXI del artículo 123 de la Constitución General de la República, expresa que la aplicación de las leyes del trabajo es competencia exclusiva de las autoridades federales en asuntos relacionados con la industria textil (entre otros); así que si un trabajador reconoce en su escrito de demanda que era trabajador de una empresa dedicada a la fabricación de hilados y tejidos, de tal conflicto corresponde conocer a las autoridades federales del trabajo, de acuerdo con el artículo constitucional citado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244970-9bfae77a/industria-textil-los-conflictos-laborales-relacionados-con-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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