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AGRARIO. EMPLAZAMIENTO A NUEVO CENTRO DE POBLACION. DEBE ENTENDERSE CON LOS TRES MIEMBROS DEL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO QUE ACREDITEN QUE DESEMPEÑAN LOS CARGOS DE PRESIDENTE, SECRETARIO Y VOCAL, PARA SU EFICACIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 245234 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 222

Si de autos se advierte que el nuevo centro de población ejidal no fue legalmente emplazado a juicio, en virtud de que las personas que se ostentaron como integrantes del comité particular ejecutivo de dicho núcleo no justificaron que fueran los miembros del aludido comité, cabe concluir que tal núcleo no fue oído en juicio por conducto de sus legítimos representantes, y, por ende, que se violaron las reglas fundamentales que rigen el procedimiento de amparo, lo que conduce a ordenar la reposición del mismo con base en el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo, para el efecto de que el Juez Federal mande emplazar nuevamente al núcleo de población a través de sus legítimos representantes, subsanando las omisiones en que incurrió, y, seguida la tramitación del juicio, dicte la sentencia que en derecho proceda.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245234-4174effc/agrario-emplazamiento-a-nuevo-centro-de-poblacion-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 3398/81. Pablo Casas Trujillo y otros. 7 de noviembre de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Engrose: Tarsicio Márquez Padilla. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 193-198, página 171. Amparo en revisión 1571/83. Petróleos Mexicanos. 25 de junio de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Volúmenes 193-198, página 171. Amparo en revisión 6911/83. Banco B.C.H., S.A., Fideicomisario de Residencias Selectas, S.A. 18 de marzo de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Nota: En los Volúmenes 193-198, página 171, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. EMPLAZAMIENTO A NUCLEO EJIDAL. LOS REPRESENTANTES EMPLAZADOS DEBEN ACREDITAR QUE DESEMPEÑAN LOS CARGOS DE PRESIDENTE, SECRETARIO Y VOCAL DEL COMITE PARTICULAR EJECUTIVO, PARA SU EFICACIA.".

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