CONFESION. DETENCION ARBITRARIA.
No estando probada la existencia de coacción alguna, la sola detención arbitraria no es suficiente para estimar que la confesión rendida ante el Ministerio Público y la autoridad judicial lo fue bajo un estado psicológico anormal producido por violencia, ya sea de orden físico o moral.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246137-6a501449/confesion-detencion-arbitraria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 10421/66. Aurelio Altamirano Montaño. 21 de septiembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Ramón Palacios Vargas.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XIX, Segunda Parte, página 98, tesis de rubro "CONFESION. DETENCION ARBITRARIA.".
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