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IMPROCEDENCIA. EL TRIBUNAL REVISOR PUEDE DETERMINARLA DE OFICIO Y SOBRESEER CON BASE EN ELLA, AUNQUE LA SENTENCIA DEL JUEZ DE DISTRITO CONTENGA PRONUNCIAMIENTO EXPRESO EN EL SENTIDO DE NO SOBRESEER POR ESE MOTIVO, CUANDO LA MISMA SENTENCIA RESULTE FAVORABLE A LAS AUTORIDADES Y ESTEN POR TANTO JURIDICAMENTE IMPOSIBILITADAS PARA COMBATIRLA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 246931 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 329

En revisión puede reexaminarse el tema de la improcedencia del juicio a pesar de que no exista agravio al respecto, cuando el Juez de Distrito, desestima la causal hecha valer por las autoridades responsables, pero dicta sentencia favorable a ellas, quiénes, por esta razón, no estarían legitimadas para interponer el recurso de revisión y en tal virtud quedarían en estado de indefensión, en la hipótesis de que el tribunal revocara la decisión del Juez sobre el fondo y otorgara la protección constitucional solicitada, a pesar de que fuera evidente la improcedencia del juicio originalmente invocada por las autoridades responsables.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246931-b96079cd/improcedencia-el-tribunal-revisor-puede-determinarla-de-oficio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 516/87. Upjohn, S. A. de C. V. 22 de junio de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretaria: Alicia Rodríguez Cruz. Amparo en revisión 236/87. Alfredo Lozano de Icaza. 22 de mayo de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretaria: Alicia Rodríguez Cruz. Amparo en revisión 1712/86. Antonio S. Polanco y/o Jorge S. Polanco. 27 de enero de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: María Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Guillermo Cruz García.

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