LANZAMIENTO, SECCION DE. PROCEDE UNA O MAS VECES (LEGISLACION DEL ESTADO DE TLAXCALA).
De acuerdo con el artículo 922 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala, el juicio de desocupación fundado en la fracción I del diverso artículo 920 (por falta de pago de rentas), consta de dos secciones: La del lanzamiento y la de juicio; la primera debe ajustarse a las reglas señaladas en los artículos siguientes a aquellos, y la segunda a las disposiciones sobre el juicio ordinario; asimismo, el artículo 947 establece concretamente que si durante la tramitación de un juicio que surja con motivo del contrato de arrendamiento, el inquilino deja de pagar las rentas, puede intentarse por cuenta separada el lanzamiento y esta sección se dará por terminada si aquél paga las rentas adeudadas. Una correcta interpretación de tales dispositivos, permite concluir que dicha sección forma parte del propio juicio de desocupación y de ninguna manera constituye un litigio diferente (como alega la inconforme), máxime que concluye en el momento en que se pagan las rentas reclamadas; esto también implica que la materia de cada sección de lanzamiento que se promueva sea diversa y, por ende, aun cuando se hubiere intentado, procede nuevamente porque se reclama el pago de pensiones rentísticas diferentes. Por ello nada importaría el hecho de que el juicio en lo principal se encontrara pendiente de resolver en apelación, pues aún en el supuesto de que en la sentencia de primera instancia se hubiese condenado a la demandada al pago de las rentas incluyendo las reclamadas en la sección de lanzamiento, tal circunstancia sólo ocasionaría que en la liquidación de sentencia le fueran descontadas las cantidades que hubiese pagado dentro de la providencia que se comenta.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246986-b0ccb856/lanzamiento-seccion-de-procede-una-o-mas-veces · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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