PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES EXTRANJERAS ANTE CONSUL MEXICANO PARA SER EJECUTADOS EN LA REPUBLICA MEXICANA.
En el otorgamiento de poderes por sociedades extranjeras ante cónsul mexicano, para ser ejecutados en la República Mexicana, deben cumplirse estrictamente las disposiciones de la Ley del Notariado aplicables, esencialmente su artículo 62 fracción VIII, para que quede fehacientemente acreditada la personalidad del individuo que acude al cónsul diciéndose representante de la sociedad extranjera que otorga el poder, y para ello, el cónsul deberá relacionar, insertar o agregar los documentos respectivos que prueban esa personalidad en la escritura, testimonio o apéndice, según corresponda, pero siempre haciendo mención clara de ellos; así como relacionar, insertar o agregar en la escritura, testimonio o apéndice la certificación de la constitución legal de la empresa de acuerdo a la legislación de la nacionalidad de esa persona moral, así como los documentos donde consten las facultades que la sociedad le concede para otorgar poderes, ya que nadie puede prorrogar una representación de la cual carece, ni constituir poder en nombre ajeno sin facultad legal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247098-46c0bdda/poderes-otorgados-por-sociedades-extranjeras-ante-consul-mexicano · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PODERES OTORGADOS EN EL EXTRANJERO. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA CORRESPONDIENTE CERTIFICACION NOTARIAL. (s/clave)
- PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES EN EL EXTRANJERO PARA SURTIR EFECTOS EN MEXICO. REQUISITOS FORMALES QUE DEBEN CONTENER SEGUN EL ARTICULO I DEL PROTOCOLO SOBRE UNIFORMIDAD DEL REGI (382)
- PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES EN EL EXTRANJERO PARA SURTIR EFECTOS EN MEXICO. REQUISITOS FORMALES QUE DEBEN CONTENER SEGUN EL ARTICULO I DEL PROTOCOLO SOBRE UNIFORMIDAD DEL REGI (P./J. 15/94)
- PODERES OTORGADOS POR UNA SOCIEDAD. REQUISITOS. (s/clave)
- SOCIEDADES EXTRANJERAS. PRUEBA DE SU PERSONALIDAD JURIDICA. (s/clave)
- PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES EN EL EXTRANJERO PARA SURTIR EFECTOS EN MEXICO CUANDO SE RIGEN POR EL ARTICULO I DEL PROTOCOLO SOBRE UNIFORMIDAD DEL REGIMEN LEGAL DE LOS PODERES, (381)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis