SUSPENSION DE PAGOS, SENTENCIAS DE SEGUNDA INSTANCIA QUE RESUELVEN SOBRE LA DECLARACION DEL ESTADO DE. AMPARO INDIRECTO CONTRA.
La sentencia de segunda instancia que resuelve sobre la declaración del estado de suspensión de pagos no tiene el carácter de definitiva en virtud de que no resuelve el fondo de la controversia, toda vez que lo relativo a la declaración señalada es de prevención a la existencia o inexistencia del estado de quiebra, y ésta debe determinarse en la sentencia de graduación y prelación de créditos, como lo dispone la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos, razón por la cual sólo contra esta última resolución procede el amparo directo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247379-984e155a/suspension-de-pagos-sentencias-de-segunda-instancia-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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