ACCION REIVINDICATORIA INTENTADA POR EL HEREDERO. DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTARSE AL EJERCITARLA.
Cuando se ejercita la acción reivindicatoria por el heredero, ya sea ostentándose como tal, o simplemente compareciendo en lo personal como propietario del inmueble, el actor debe aportar la hijuela respectiva, así como el documento que acredite que el bien perteneció al autor de la herencia; siendo insuficiente esta última documental y la constancia de declaración de heredero en favor del actor, porque el artículo 649 del Código de Procedimientos Civiles de San Luis Potosí, sólo determina que la declaración de herederos, surte el efecto de tener a la persona en cuyo favor se hace, como poseedor de los bienes, derechos y acciones del difunto, pero de ahí no se sigue que tal declaración sea suficiente para demostrar el derecho de propiedad en lo individual. Mientras no se ha hecho la adjudicación respectiva, la acción reivindicatoria corresponde al albacea, quien debe ejercitarla a nombre de la sucesión, para incorporar el inmueble al acervo hereditario.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247505-f027bd0a/accion-reivindicatoria-intentada-por-el-heredero-documentos-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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