COACUSADO, VALOR DE SU IMPUTACION CUANDO ES MENOR DE EDAD.
La imputación en contra del quejoso, reiterada en careos y corroborada con otros medios de convicción, son elementos suficientes para fundamentar una sentencia condenatoria, sin que importe que el coacusado imputante fuese menor de edad al cometerse el evento criminoso, porque esa circunstancia no le resta credibilidad a lo por él declarado, ni puede estimarse que por ser penalmente inimputable y perder su calidad de coinculpado, su dicho carezca de valor; pues con independencia de que la conducta de una persona deba ser contemplada por un Consejo Titular para Menores Infractores, su imputación en contra de otra persona, sin pretender eludir su propia participación, delictiva, tiene fuerza como indicio y alcanza plena validez cuando, como en el caso, existen otros elementos que la corroboran.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247634-aa64f752/coacusado-valor-de-su-imputacion-cuando-es-menor · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COACUSADO. IMPUTACION DEL. (II.1o.114 P)
- COACUSADO, IMPUTACION DEL. CUANDO TIENE VALOR DE INDICIO. (s/clave)
- MENOR DE EDAD. VALOR PROBATORIO DE SU CONFESIÓN MINISTERIAL, COMO COACUSADO DEL PROCESADO.- (4872)
- MENOR DE EDAD. VALOR PROBATORIO DE SU CONFESIÓN MINISTERIAL, COMO COACUSADO DEL PROCESADO. (II.2o.P.60 P)
- COACUSADO, IMPUTACIÓN DEL. CUÁNDO TIENE VALOR DE INDICIO.- (3947)
- MINORIA DE EDAD, FALTA DE PRUEBA DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis