EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. LAS PUBLICACIONES RESPECTIVAS DEBEN SER HECHAS EN DIAS HABILES.
Teniendo en cuenta que el emplazamiento es una actuación que constituye una de las formalidades esenciales del procedimiento por virtud de la cual se traba la relación procesal y sirve de base, además, para que le corra al demandado el término de ley a fin de que dé contestación a la demanda, debe practicarse en días hábiles, cualquiera que sea la forma empleada para su práctica, es decir, bien sea que se realice personalmente por el diligenciario, por exhorto o mediante edictos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247783-db2bd54b/emplazamiento-por-edictos-las-publicaciones-respectivas-deben-ser · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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