SEGURO SOCIAL. INCONFORMIDAD. FALTA DE EXPRESION DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO. NO ES MATERIA DE PREVENCION O REQUERIMIENTO PARA SU ACLARACION (ARTICULO 3o. DEL REGLAMENTO DEL ARTICULO 274 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL).
De la lectura e interpretación jurídica del artículo 3o. del Reglamento del artículo 274 de la Ley del Seguro Social, se advierte que la prevención que contiene para que el promovente del recurso aclare, corrija, o complete, el escrito relativo, es sólo con relación a irregularidades u oscuridad del recurso, pero no expresamente a la falta de motivos de inconformidad que no son propiamente materia de regularidad u oscuridad, sino errores técnicos en la defensa del litigio y por tanto, no son atendibles en la materia de estricto derecho como en el caso en el que no existe suplencia de la queja; pues al efecto, debe advertirse que una cosa son los requisitos de forma respecto a la procedencia del recurso o juicio, que crean el derecho y la legitimación causal de las partes como lo son en el recurso de inconformidad los establecidos en los incisos a) y b) del citado precepto reglamentario y otra, distinta, son los requisitos encaminados o referentes al fondo y planteamiento de la litis en el asunto, que determinarán al fin del procedimiento, si asiste o no la razón al recurrente, que siempre deben ser las consideraciones de hecho y de derecho que realicen las partes, según sus intereses y que obviamente para no romper el equilibrio procesal y no suplir o mejorar deficiencia alguna en los procesos de estricto derecho, debe quedar a cargo de las mismas partes formularlos debidamente para que sean el apoyo fundamental de sus pretensiones, como lo son: en el caso, los requisitos señalados en los incisos c) y d) del precitado numeral; esto es, entre otros, la exposición de los motivos de inconformidad y fundamentos legales que correspondan, así como la relación de pruebas si se juzga conveniente, para justificar los hechos en que se sustenta el recurso.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249274-c46372b2/seguro-social-inconformidad-falta-de-expresion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN EL ARTICULO 274 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. EL ESCRITO CON EL QUE SE INTERPONE DEBE SATISFACER LOS REQUISITOS LEGALES ESTABLECIDOS EN EL ARTIC (VI.2o.79 A)
- RECURSO DE INCONFORMIDAD QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 274 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD ENCARGADA DE SU TRAMITACIÓN RECABAR DE OFICIO LAS CONSTANCIAS FEHACIENTES (1121)
- RECURSO DE INCONFORMIDAD QUE PREVE EL ARTICULO 274 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD ENCARGADA DE SU TRAMITACION RECABAR DE OFICIO LAS CONSTANCIAS FEHACIENTES (VIII.2o.20 A)
- INCONFORMIDAD, CUANDO EN EL ESCRITO EN QUE SE INTERPONE LA MOTIVACION SEA IRREGULAR, OSCURA O INCOMPLETA (ARTICULO 3o.. DEL REGLAMENTO DEL ARTICULO 274 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL) (s/clave)
- SEGURO SOCIAL. INCONFORMIDAD Y ACLARACION ADMINISTRATIVA, SON RECURSOS INCOMPATIBLES. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL. ES INAPLICABLE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 295 DE LA LEY QUE LO REGULA, SI NO EXISTE UN ACTO DEFINITIVO QUE PUEDA SER IMPUGNABLE MEDIANTE EL RECURSO DE INCONFORMIDA (I.6o.T. J/29)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis