DOCUMENTOS, PRESENTACION DE, NO EXIGIBLE EN LA CONTESTACION A LA DEMANDA (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
El actor al ejercitar su acción tiene el tiempo suficiente para recabar los documentos necesarios para fundamentarla, mientras que el demandado apremiado para contestar la demanda en un término perentorio, invariablemente no tiene oportunidad de adquirir en tiempo aquéllos que puedan servirle para probar sus excepciones, siendo suficiente que señale el archivo en que se encuentren cuando no los tuviera a su disposición, dando así cumplimiento a lo establecido por el segundo párrafo del artículo 95 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas, sin que tenga aplicación el tercer párrafo de ese precepto, por referirse únicamente al actor y no al demandado, al especificar que: "se entenderá que el actor (no el demandado) tiene a su disposición los documentos y deberá acompañarlos precisamente a la demanda (y no a la contestación), siempre que existan los originales en protocolo o archivo público del que pueda pedir u obtener copias autorizadas de ellos.".
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250294-7a75fa97/documentos-presentacion-de-no-exigible-en-la-contestacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DEMANDA, PRESENTACION DE DOCUMENTOS EN LA CONTESTACION A LA. (s/clave)
- DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑARSE CON LA DEMANDA. CASO EN QUE ES LEGAL ADMITIRLOS, AUNQUE NO SE EXHIBAN CON LA MISMA.- (971)
- DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑARSE CON LA DEMANDA. CASO EN QUE ES LEGAL ADMITIRLOS, AUNQUE NO SE EXHIBAN CON LA MISMA. (s/clave)
- DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LA DEMANDA. (s/clave)
- PRUEBA SUPERVENIENTE. CARECE DE ESA CALIDAD EL DOCUMENTO QUE EXHIBE EL ACTOR DESPUÉS DE PRESENTADA LA DEMANDA SI CONSIGNA HECHOS ANTERIORES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TABASCO). (X.C.T.44 C)
- PRUEBAS DOCUMENTALES, OPORTUNIDAD PARA SU OFRECIMIENTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS). (XX.1o.134 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis