SINDICATOS. REGISTRO DE UNO GREMIAL NEGADO POR EXISTIR REGISTRADO OTRO GENERAL.
Si se pretende el registro de un sindicato integrado exclusivamente por un grupo de trabajadores de la misma actividad, no les causa agravio la negativa de su registro, por haber manifestado dichos trabajadores ser miembros del sindicato general titular del contrato colectivo de trabajo que rige en la empresa en que prestan sus servicios, habida cuenta que el sindicato que se pretende registrar no puede válidamente tener por objeto cumplir con las finalidades inherentes a toda organización gremial, esto es, el estudio, mejoramiento y defensa de los intereses del conglomerado obrero, ya que dicha finalidad ha sido obtenida de antemano por el referido sindicato general ya registrado; no obsta que la sindicación sea libre y que puedan concurrir diversos sindicatos para la celebración del pacto colectivo, puesto que dicha concurrencia sólo puede darse cuando esos sindicatos existen previamente a la celebración del contrato colectivo de trabajo, y, además, porque la sindicación crea el deber de los trabajadores de solidarizarse con el grupo, para la obtención de los fines inherentes a la organización sindical, la que en el caso ha sido alcanzada por el sindicato general legalmente constituido y registrado y al que ingresaron en su oportunidad los trabajadores quejosos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250404-8a0816b0/sindicatos-registro-de-uno-gremial-negado-por-existir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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