SENTENCIAS DE AMPARO, EJECUCION DE. AUTORIDADES QUE NEGARON EL ACTO O NO INTERVINIERON EN EL JUICIO.
Conforme a la tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte visible con el número 99 de la página 179 de la Octava Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación publicado en 1975, están obligadas al cumplimiento de la sentencia de amparo todas las autoridades que de alguna manera tengan que intervenir en esa ejecución, aunque no hayan intervenido en el juicio de amparo, lo que incluye con mayor razón a aquéllas respecto de las cuales se hubiese sobreseído el juicio por haber negado intervención en los actos reclamados. Por ende, si el Juez a quo en una resolución de queja por defecto de ejecución incluye actos de una autoridad de las mencionadas, no basta para impugnarla que ésta en sus agravios de "queja de queja" alegue que no fue parte en el juicio, o que se sobreseyó respecto de ella, si no alega y prueba que ella no tiene ninguna injerencia directa ni indirecta, de hecho, ni de derecho, en el cumplimiento de la ejecutoria de amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/251015-ca099da6/sentencias-de-amparo-ejecucion-de-autoridades-que-negaron · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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