TRANSPORTES. ENLACES. GARANTIA DE AUDIENCIA.
Cuando dos empresas, por acuerdo común entre ellas y para servir su mejor interés comercial, deciden enlazar sus servicios, y la autoridad se limita a sancionar ese enlace, sin modificar en lo más mínimo las rutas concesionadas, ni el número de corridas, tal cosa no puede afectar los derechos de otros concesionarios de esas rutas, pues se enfrentarán, como competidores, al mismo número de corridas y a los mismos tramos de las mismas rutas en que ya venían operando las empresas que enlazaron sus servicios. Y en estos casos, en que no hay ampliación de servicios ni de rutas, si algún beneficio reciben estas empresas, no se debe ciertamente a la voluntad arbitraria de las autoridades, sino sólo al acuerdo comercial al que llegaron. Y en estos casos, como no se afectan los derechos de otros concesionarios de esas rutas, tampoco se hace necesario respetarles la garantía de audiencia previamente a la aprobación del convenio de enlace. Otra cosa seria si al aprobar el enlace, las compañías enlazadas tuvieran acceso a nuevas rutas, con motivo del enlace, o a nuevos servicios diferentes a los que ya tenían cada una de ellas aislada. O si la autoridad obliga a las empresas a enlazarse, o dispone la necesidad legal de los enlaces, pues en este último caso sí se debe respetar la garantía de previa audiencia de los afectados, en términos de los artículos 14 constitucional y 52 y 53 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/252074-d33f96d0/transportes-enlaces-garantia-de-audiencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRANSPORTES, CONCESIONES Y AUTORIZACIONES PARA EL SERVICIO DE. GARANTIA DE AUDIENCIA. (s/clave)
- TRANSPORTES. GARANTIA DE AUDIENCIA A LOS PERMISIONARIOS DE UNA RUTA. (s/clave)
- TRANSPORTES. SOBRELAPAMIENTO INSUSTANCIAL DE RUTAS. GARANTIA DE AUDIENCIA. (s/clave)
- TRANSPORTES. GARANTIA DE AUDIENCIA. (s/clave)
- TRANSPORTES. AUTORIZACION DE DESPLAZAMIENTO POR RUTAS CORTAS. (s/clave)
- TRANSPORTES. INTERESES ECONOMICOS LEGALMENTE PROTEGIDOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis